11.11.12

Casación condenó a policía por homicidio de jóven

El caso fue controvertido de entrada. Apenas se supo, aquel 19 de junio de 2010, cuando caía la noche, que el policía Marcos Grebol había ultimado a un menor de edad, diferentes voces comenzaron a alzarse. Algunos con la versión de que el efectivo había disparado ante la amenaza del chico que huía armado con un revólver; otros, con la certeza de que el hecho se trataba de un nuevo caso de gatillo fácil. Lo cierto era que sobre la vereda de calle Solís, a pocos metros de la intersección con Fleming, Joel Minaberrigaray, de 16 años, yacía abatido por un disparo de 9 milímetros. A un palmo de su mano muerta extendida, un revólver calibre 32, inutilizado por falta de martillo, plantaba la duda.

El velo del gatillo fácil siempre estuvo presente.
Horas después del hecho se supo que el disparo que mató a Joel impactó en la región escapular izquierda, perforándole el pulmón y el pedículo, lo que le provocó la muerte de manera inmediata por shock hemorrágico. La bala había entrado por la espalda y eso alimentaba la hipótesis del gatillo fácil.

Sin embargo, el fiscal de la causa, luego de tomarle declaración a Grebol consideró que el efectivo había actuado en legítima defensa, qué el chico había apuntado al uniformado y que éste había disparado porque sintió amenazada su vida. Por eso, el fiscal no dudó en absolver a Grebol y así, la principal fuente de acusación de la causa quedaba afuera.

Entonces fue el turno de los particulares damnificados Gustavo Minaberrigaray y María Esther Izarrualde, padres del chico asesinado, patrocinados por María Adelina Martorella y Sergio Meneghello. Ellos sostuvieron la acusación sobre Grebol, en un caso con muy pocos precedentes en la Justicia local, valiéndose de la posibilidad que da el Código Procesal Penal de llevar adelante la acusación en el juicio oral al particular damnificado. Así, realizaron el requerimiento de elevación a juicio ante el Juzgado de Garantías Nº 6, a cargo de Lucrecia Bustos, “por estimar que se cuentan con elementos suficientes para ejercer la acción penal respecto de Marcos David Grebol”, bajo la acusación del delito de “homicidio por exceso en la legítima defensa”.

La Justicia de garantías avaló el pedido del particular damnificado y elevó a juicio oral y público las actuaciones. La particularidad: el Ministerio Público Fiscal no participaría del debate. La doctora Martorella y el doctor Meneghello serían los encargados de encabezar la acusación.

Los esfuerzos probatorios de los acusadores parecieron caer en saco roto a la hora de conocerse la sentencia dictada, en primera instancia, por el Tribunal Oral Criminal 3, el 14 de diciembre de 2011. Por entonces, los jueces Alemano, Simaz y Sueyro, en fallo mayoritario absolvieron al oficial Grebol por considerar que actuó legítimamente.

Pero para Martorella y Meneghello la cosa no terminaba ahí. Aún quedaba una instancia de apelación ante el Tribunal de Casación Penal. Ahí presentaron el escrito en el que cuestionaban varios puntos de los argumentos con los que el TOC 3 había absuelto a Grebol. Y, además, pedían que se dicte el veredicto de culpabilidad por el exceso en la legítima defensa.

Los acusadores criticaron los pasajes de la sentencia en los que dicen que se absuelve al policía ya que “Grebol no contó con posibilidades de menor lesividad pues exigirle un disparo a las piernas no es distinto a pretender de la realidad cosas que son de la ficción”.

A esto, los representantes del particular damnificado expresaron que es “inaceptable ya que exigir a los miembros de la policía que adecuen su accionar a las normas constitucionales, legales y reglamentarias no deriva de ninguna ficción sino de la ley…”
Los pibes de Las Avenidas, sus amigos, junto a Joel.
Y en esa discordancia está la base del fallo de Casación, con fecha 23 de agosto, dado a conocer días atrás. Es que para los jueces Carlos Alberto Mahiques y Fernando Luis María Mancini en las actuaciones “Se advierte que el acto de defensa (por parte de Grebol) era necesario pero en la ejecución utilizó medios desproporcionados”. Y aclaran: “Es decir, en el plano de los hechos, el agresor (Minaberrigaray) no efectuó ningún tipo de disparo, y más allá de que la ausencia de potencialidad del arma utilizada en el injusto era un dato cuyo conocimiento, claro está, no era exigible para el imputado, lo cierto es que igualmente, dada la instrucción que recibió como miembro de la Policía Bonaerense, pudo escoger medios y modos de actuar menos lesivos, entre los cuales, más disparos al aire u otra zona distinta del cuerpo del agresor”.

Para argumentar la resolución, los jueces tomaron en cuenta la declaración de Grebol ante el fiscal. El propio imputado dijo que efectuó el disparo “sin objetivo claro” esto prueba que actuó “con desinterés y desidia, no compatibles con la profesión que detenta”.

Así, Casación resolvió hacer lugar al pedido de los particulares damnificados: “revocar el veredicto absolutorio dispuesto para Marcos David Grevol y disponer el reenvío de las actuaciones a la instancia de origen para que se voten las cuestiones sucesivas y procedentes de veredicto y sentencia”. Por lo tanto, es ahora el Tribunal Oral Criminal 3 de Mar del Plata quien debe fijar una pena para Grebol por el delito de “homicidio por exceso en la legítima defensa”.

El hecho

El 19 de junio de 2010 un grupo de policías de la comisaría tercera, entre los que estaba Marcos Grebol, concurrió a un llamado del 911 que daba cuenta de la presencia de tres sospechosos en la zona de Solís y Fleming.

Fue por eso que los uniformados interceptaron a tres jóvenes que respondían a las características de los sospechosos. Entre ellos iba Joel Minaberrigaray. Ante la voz de alto, dos de los chicos se detuvieron, mientras Joel emprendió la fuga corriendo por calle Solís. Detrás de él fue Grebol, quien en reiteradas oportunidades le dio la voz de alto, tras lo cual efectuó un disparo intimidatorio al aire. Joel siguió corriendo.

Fue entonces que Grebol advirtió que Joel iba armado. El efectivo dice que el chico giró dos veces sin dejar de correr y que lo apuntó. En la segunda oportunidad fue que Grebol disparó y la bala de su arma reglamentaria terminó con la vida del menor.

Fuente: Criminis Causa