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11.11.12

Casación condenó a policía por homicidio de jóven

El caso fue controvertido de entrada. Apenas se supo, aquel 19 de junio de 2010, cuando caía la noche, que el policía Marcos Grebol había ultimado a un menor de edad, diferentes voces comenzaron a alzarse. Algunos con la versión de que el efectivo había disparado ante la amenaza del chico que huía armado con un revólver; otros, con la certeza de que el hecho se trataba de un nuevo caso de gatillo fácil. Lo cierto era que sobre la vereda de calle Solís, a pocos metros de la intersección con Fleming, Joel Minaberrigaray, de 16 años, yacía abatido por un disparo de 9 milímetros. A un palmo de su mano muerta extendida, un revólver calibre 32, inutilizado por falta de martillo, plantaba la duda.
El velo del gatillo fácil siempre estuvo presente.
Horas después del hecho se supo que el disparo que mató a Joel impactó en la región escapular izquierda, perforándole el pulmón y el pedículo, lo que le provocó la muerte de manera inmediata por shock hemorrágico. La bala había entrado por la espalda y eso alimentaba la hipótesis del gatillo fácil.

Sin embargo, el fiscal de la causa, luego de tomarle declaración a Grebol consideró que el efectivo había actuado en legítima defensa, qué el chico había apuntado al uniformado y que éste había disparado porque sintió amenazada su vida. Por eso, el fiscal no dudó en absolver a Grebol y así, la principal fuente de acusación de la causa quedaba afuera.

Entonces fue el turno de los particulares damnificados Gustavo Minaberrigaray y María Esther Izarrualde, padres del chico asesinado, patrocinados por María Adelina Martorella y Sergio Meneghello. Ellos sostuvieron la acusación sobre Grebol, en un caso con muy pocos precedentes en la Justicia local, valiéndose de la posibilidad que da el Código Procesal Penal de llevar adelante la acusación en el juicio oral al particular damnificado. Así, realizaron el requerimiento de elevación a juicio ante el Juzgado de Garantías Nº 6, a cargo de Lucrecia Bustos, “por estimar que se cuentan con elementos suficientes para ejercer la acción penal respecto de Marcos David Grebol”, bajo la acusación del delito de “homicidio por exceso en la legítima defensa”.

La Justicia de garantías avaló el pedido del particular damnificado y elevó a juicio oral y público las actuaciones. La particularidad: el Ministerio Público Fiscal no participaría del debate. La doctora Martorella y el doctor Meneghello serían los encargados de encabezar la acusación.

Los esfuerzos probatorios de los acusadores parecieron caer en saco roto a la hora de conocerse la sentencia dictada, en primera instancia, por el Tribunal Oral Criminal 3, el 14 de diciembre de 2011. Por entonces, los jueces Alemano, Simaz y Sueyro, en fallo mayoritario absolvieron al oficial Grebol por considerar que actuó legítimamente.

Pero para Martorella y Meneghello la cosa no terminaba ahí. Aún quedaba una instancia de apelación ante el Tribunal de Casación Penal. Ahí presentaron el escrito en el que cuestionaban varios puntos de los argumentos con los que el TOC 3 había absuelto a Grebol. Y, además, pedían que se dicte el veredicto de culpabilidad por el exceso en la legítima defensa.

Los acusadores criticaron los pasajes de la sentencia en los que dicen que se absuelve al policía ya que “Grebol no contó con posibilidades de menor lesividad pues exigirle un disparo a las piernas no es distinto a pretender de la realidad cosas que son de la ficción”.

A esto, los representantes del particular damnificado expresaron que es “inaceptable ya que exigir a los miembros de la policía que adecuen su accionar a las normas constitucionales, legales y reglamentarias no deriva de ninguna ficción sino de la ley…”
Los pibes de Las Avenidas, sus amigos, junto a Joel.
Y en esa discordancia está la base del fallo de Casación, con fecha 23 de agosto, dado a conocer días atrás. Es que para los jueces Carlos Alberto Mahiques y Fernando Luis María Mancini en las actuaciones “Se advierte que el acto de defensa (por parte de Grebol) era necesario pero en la ejecución utilizó medios desproporcionados”. Y aclaran: “Es decir, en el plano de los hechos, el agresor (Minaberrigaray) no efectuó ningún tipo de disparo, y más allá de que la ausencia de potencialidad del arma utilizada en el injusto era un dato cuyo conocimiento, claro está, no era exigible para el imputado, lo cierto es que igualmente, dada la instrucción que recibió como miembro de la Policía Bonaerense, pudo escoger medios y modos de actuar menos lesivos, entre los cuales, más disparos al aire u otra zona distinta del cuerpo del agresor”.

Para argumentar la resolución, los jueces tomaron en cuenta la declaración de Grebol ante el fiscal. El propio imputado dijo que efectuó el disparo “sin objetivo claro” esto prueba que actuó “con desinterés y desidia, no compatibles con la profesión que detenta”.

Así, Casación resolvió hacer lugar al pedido de los particulares damnificados: “revocar el veredicto absolutorio dispuesto para Marcos David Grevol y disponer el reenvío de las actuaciones a la instancia de origen para que se voten las cuestiones sucesivas y procedentes de veredicto y sentencia”. Por lo tanto, es ahora el Tribunal Oral Criminal 3 de Mar del Plata quien debe fijar una pena para Grebol por el delito de “homicidio por exceso en la legítima defensa”.

El hecho

El 19 de junio de 2010 un grupo de policías de la comisaría tercera, entre los que estaba Marcos Grebol, concurrió a un llamado del 911 que daba cuenta de la presencia de tres sospechosos en la zona de Solís y Fleming.

Fue por eso que los uniformados interceptaron a tres jóvenes que respondían a las características de los sospechosos. Entre ellos iba Joel Minaberrigaray. Ante la voz de alto, dos de los chicos se detuvieron, mientras Joel emprendió la fuga corriendo por calle Solís. Detrás de él fue Grebol, quien en reiteradas oportunidades le dio la voz de alto, tras lo cual efectuó un disparo intimidatorio al aire. Joel siguió corriendo.

Fue entonces que Grebol advirtió que Joel iba armado. El efectivo dice que el chico giró dos veces sin dejar de correr y que lo apuntó. En la segunda oportunidad fue que Grebol disparó y la bala de su arma reglamentaria terminó con la vida del menor.

Fuente: Criminis Causa

29.6.10

LAS FUERZAS DE SEGURIDAD MATAN A UNA PERSONA POR DÍA

La semana pasada, tres jóvenes, dos de ellos adolescentes, murieron en Bariloche víctimas del gatillo fácil. En Mar del Plata, hace pocos días, otro hecho sangriento tiene detenido a un policía acusado del crimen de un joven.

Desde 1996 hasta la fecha unas 2950 personas fueron asesinadas por las fuerzas represivas del Estado en todo el país. El 30 por ciento tiene menos de 21 años.

El gatillo fácil, es la modalidad más común en estos casos, que se repiten en todas las provincias, no sólo en Buenos Aires. En los últimos 15 años, 52 personas fueron asesinadas por protestar. Desde el 2003 murieron casi 1400 personas por gatillo fácil o torturas en cárceles o comisarías.

Las cifras forman parte del Archivo de Casos de Personas Asesinadas por la Fuerzas de Seguridad del Estado, que todos los años realiza la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi). Una investigación que se transformó con los años en el registro sangriento del alcance y la extensión de la represión dirigida por los gobiernos que administran el Estado.

La muestra arroja números aún más impactantes: más de la mitad de las muertes corresponde a la franja de varones pobres de menos de 25 años, y el 30,50% del total de asesinados tenían 21 años o menos. En Bariloche, el primer chico asesinado por la Policía tenía 15 años, se llamaba Diego Bonafoi. Los otros dos, que protestaban por su muerte, tenían 17 y 29 años.

Las estadísticas dejan en claro que los jóvenes parecen ser el blanco favorito del gatillo fácil.

Laura Musa es Asesora General Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires y miembro de la Fundación Sur. Según ella, “primero empezaría por ver por qué hay todavía chicos menores de 16 años detenidos en comisarías. El Estado argentino permitió por cien años la Ley de Patronato (derogada en 2005) que básicamente proponía que si eras menor de edad y pobre la autoridad podía hacer lo que quiera, con el argumento de la protección, claro. Y eso está presente en estos días. Por protección se puede detener, sin causa ni proceso alguno. Por protección se los puede internar y ahora van a justificar que por protección a la comunidad se puede matar a adolescentes”.

Y resume: “En Bariloche hubo un delito, grosero, hubo ajusticiamiento. Existió un crimen, por parte de una policía que no tiene limites en su accionar. Acá por ejemplo no se sabe qué fiscal intervino en lo que iba a ser supuestamente una detención. Lo importante a entender es que esto es una práctica sostenida de la Policía contra los chicos pobres, marginados, jóvenes. Actúan sin límites, hasta que ocurre un estallido como este. Los únicos límites los ponen los padres de clase media con sus hijos, que no lo permiten. No en casos como el de Bariloche”.

El informe también muestra otras realidades, incluso derribando algunos mitos.

Cómo se mata

El fusilamiento o gatillo fácil “propiamente dicho” es la modalidad más común en estas muertes. Está presente en el 51 por ciento de los casos, la mayoría de las veces motivado por la “pinta” de la víctima (joven y en situación de pobreza) y en ocasiones respecto de quienes son sospechados de haber cometido delitos, aun hechos menores como arrebatos, o que huyen sin poner en riesgo a terceros luego de un delito consumado o tentado.

También se registra un alto porcentaje de muertes de personas privadas de su libertad, sea en unidades carcelarias o en comisarías, presentadas oficialmente como suicidios por ahorcamiento o en incendios. “Muchos de estos casos son, lisa y llanamente, hechos de tortura seguida de muerte”, asegura Correpi.

Las edades

Según el informe, casi el 3 por ciento de los muertos en estos años tenían hasta 14 años. El 49,4 % tenía entre 15 y 25 años. El 18,5 entre 26 y 35 años. Y, finalmente, el 11 por ciento eran mayores de 36 años.

En las provincias

El gatillo fácil y la tortura no son patrimonio de una provincia o una fuerza, sino que son utilizados en todo el país, cualquiera sea el color del gobierno local. La distribución de casos en proporción a la población de cada provincia licua la hegemonía bonaerense, destruyendo el mito de que el gatillo fácil es sólo o mayoritariamente herramienta de la Policía Bonaerense, que queda equiparada, y hasta superada, según el caso, por sus colegas de otras fuerzas o provincias.

Asesinados por protestar

Los asesinatos en el marco de la protesta social, en marchas, movilizaciones y cortes de ruta, suman 52 desde 1995. No son desbordes policiales.

Otra conclusión que surge del estudio es que, como dice Correpi, “no hay purga que pare el gatillo fácil”, ni se puede atribuir superficialmente la continuidad y profundización represiva a “resabios de la dictadura, a “desbordes individuales” o a “planes de estudio inadecuados con poca formación en DDHH”. Es significativa la cantidad de hechos protagonizados por “nuevos cuadros” de las estructuras que, una y otra vez, han sido reformadas, purgadas, descabezadas, capacitadas y sometidas a cursos y talleres de DDHH, muchas veces dictados por dirigentes de ong’s que apuestan a la posibilidad de la “democratización” del aparato represivo del Estado.

Fuente